martes, 15 de septiembre de 2015

'SI SE HAN DE IR QUE SE VALLAN Y ADIOS, ESTO ES COMO UN MATRIMONIO MAL AVENIDO , PERO SI NO SE QUIERE QUE SE VALLAN QUE SE ATENGAN A LAS CONSECUENCIAS ,BASTA DE CHULERIAS '

ANTE EL DESAFÍO SOBERANISTA DE CATALUÑA

La Asociación de Militares recuerda que las FFAA garantizan la soberanía

La Asociación de Militares Españoles publica un contundente comunicado en el que advierte de la misión de los militares ante una eventual crisis rupturista.
Neftalí Riballo
Tanques del Ejército de España


Con motivo de la actual situación que se vive en Cataluña y el desafío separatista del presidente de la Generalitat, Artur Mas, laAsociación de Militares Españoles (AME) ha querido dejar claro su postura al respecto, así como el apoyo a las "irreprochables y totalmente ajustadas a derecho manifestaciones del ministro de Defensa de España, señor Morenés".
La AME se reafirma en las declaraciones vertidas ya en 2012 cuando respondió a la amenaza de Mas de “o pacto fiscal o independencia” advirtiendo del deber del Gobierno de defender elderecho “irrenunciable y legítimo deseo” de aquellos catalanes españoles que desean seguir siéndolo.
Ante la incertidumbre de cuál será la actitud de las Fuerzas Armadas si Artur Mas o la Generalitat accedieran a proclamar la independencia de Cataluña, la AME ha querido recordar, con la ley en la mano, cuáles son sus obligaciones al respecto. Como por ejemplo, lo que afirma el Artículo 8 de la Carta Magna: “Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional”.
En cuanto a la legalidad y legitimidad de la intervención de los militares, la AME ha querido recordar que una vez se declare el estado de excepción, “la Autoridad Militar es la única existente en el territorio”. Además, aclaran que la constitucional Autoridad Militar “debe aplicar su rigor por igual” tanto a los ejecutores del delito como a sus colaboradores necesarios.

Comunicado de la Asociación de Militares Españoles sobre la cuestión catalana.

El 27 de septiembre de 2012 la Asociación de Militares Españoles emitió una nota sobre la inaceptable y delincuente actitud del presidente de la Generalidad de Cataluña en cuanto a que “o pacto fiscal o independencia”, advirtiendo del peligro de fractura de Cataluña y España como del deber del Gobierno de defender losirrenunciables y legítimos deseos de los catalanes españoles de seguir siéndolos. Llegados estos momentos la Asociación de Militares Españoles, como no podía ser de otra manera, se reafirma en aquella opinión y, muy en contra de su intención, vuelve a intervenir en apoyo de las irreprochables y totalmente ajustadas a derecho manifestaciones del ministro de Defensa de España, señorMorenés.
Mucho es el escándalo que se ha organizado debido a tales declaraciones en respuesta a la reiterada y ya cansina inquietud sobre cuál será –no sería- la actitud de las Fuerzas Armadas en el caso de que, completando el ciclo de irresponsabilidad política, el Señor Mas o la Generalidad de Cataluña cedieran a la tentación de proclamar la independencia de esa región tan española y querida que tiene por nombre Cataluña.
A los meros efectos de refrescar los conocimientos que, sin la menor duda, deben poseer todos los miembros de la Administración regional de Cataluña y que, por tanto, debieran conocer sobradamente porque gracias a ello han podido y pueden vivir en un grado bastante satisfactorio a coste del erario público, vide de todos los españoles.
Como desarrollo de la Constitución Española, por el señor Leopoldo Calvo Sotelo y Bustelo, y con la sanción real de S.M. el Rey Juan Carlos I, se promulgó la Ley  Orgánica 4/1981 de los estados de alarma, excepción y sitio”, que dice lo siguiente:
Artículo 32.1. Cuando se produzca o amenace producirse unainsurrección o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España, su integridad territorial o el ordenamiento constitucional, que no pueda resolverse por otros medios, el Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el apartado cuatro del artículo ciento dieciséis de la Constitución, podrá proponer al Congreso de los Diputados la declaración de estado de sitio.
Artículo 33.1. En virtud de la declaración de estado de sitio, el Gobierno, que dirige la política militar y de la defensa, de acuerdo con el artículo noventa y siete de la Constitución, asumirá todas lasfacultades extraordinarias previstas en la misma y en la presente ley.
Artículo 33.2. A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Gobierno designará la Autoridad Militar que, bajo su dirección, haya de ejecutar las medidas que procedan en el territorio a que el estado de sitio se refiera.
Artículo 34. La Autoridad militar procederá a publicar y difundir los oportunos bandos, que contendrán las medidas y prevenciones necesarias, de acuerdo con la Constitución, la presente ley y las condiciones de la declaración del estado de sitio.
Artículo 35. En la declaración del estado de sitio el Congreso de los Diputados podrá determinar los delitos que durante su vigencia quedan sometidos a la Jurisdicción Militar.
Artículo 36. Las Autoridades civiles continuarán en el ejercicio de las facultades que no hayan sido conferidas a la Autoridad Militarde acuerdo con la presente Ley. Aquellas Autoridades darán a la militar las informaciones que ésta le solicite y cuantas noticias referentes al orden público lleguen a su conocimiento.”
Para remate, y por si todavía hubiera alguien que tuviera la másmínima duda sobre la misión y el papel constitucionalessubsiguientes de las Fuerzas Armadas, ahí está el Artículo 8 de la Carta Magna que dice textualmente:
“1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional”.
La cosa está perfectamente clara en cuanto a la legalidad y legitimidad de la intervención de los militares, como que, a partir de entonces, es la Autoridad militar la única existente en, en este caso, la españolísima región de Cataluña. Posiblemente sea la mera sospecha –fundadísima de otro lado- por parte de toda esta “colla” de delincuentes insurrectos, amparados en la flagrante irresponsabilidad de unos anteriores y la incomprensible lenidad de otros actuales, de caer bajo el rigor del Fuero Militar lo que les hace clamar su cobardía, tal vez requiriendo de las dependencias municipales de los núcleos urbanos catalanes los planos de las alcantarillas y sumideros donde esconderla e intentar sustraerse al temido pero inexorable apremio personal, que no las multas, claro es, que implacablemente ha de recaer sobre ellos.
Bien es cierto que la constitucional Autoridad Militar deberá aplicar su rigor por igual tanto a los ejecutores del delito como a los que, en su calidad de colaboradores necesarios, propiciaron su comisión afirmando que el Estatuto sería el decidido por la Generalidad o, posteriormente, no hicieron uso de las facultades sobre ellos otorgadas por la Constitución Española –es decir el pueblo soberano- para cortar de raíz este descabellado desatino.

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