COPAGO
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Afecta a audífonos y prótesis de mano, pie y mama, entre otras
Usuarios de prótesis externas y sillas de ruedas tendrán que abonar el 10% de su precio
Foto: R. Blanco
- A diferencia de los fármacos, no se establece aportación máxima
- Exentos los perceptores de pensiones no contributivas y parados sin subsidio
- Los implantes quirúrgicos, como los de cadera, seguirán sufragados al 100%
- Se aplicará el copago farmacéutico a las muletas y sillas de ruedas
Los usuarios de prótesis externas tendrán que abonar una décima parte de su importe, según establece el Real Decreto 1506/2012, publicado este sábado en el BOE. Así, deberá abonarse el 10% de las prótesis de mama, de restauración facial (por ejemplo, pabellones auriculares o nariz), prótesis externas de mano y pie, y de los audífonos, todos subvencionados hasta ahora al 100% en algunas comunidades, como la madrileña.
Lo mismo sucederá con las sillas de ruedas manuales y las prendas de comprensión que utilizan los quemados, o los cojines para pacientes con lesión medular. También se aplicará ese 10% en la "renovación de componentes externos de los implantes quirúrgicos".
Este subgrupo está incluido en la "cartera común suplementaria" que acaba de unificar el Ministerio de Sanidad, y que también engloba las prótesis dispensadas "ambulatoriamente". La norma establece que estas últimas (muletas, sillas de ruedas...) "se rijan por las mismas normas que regulan la prestación farmacéutica", es decir, el copago, con la salvedad de que, en el caso de las prótesis, no se aplicará el límite máximo de cuantía de esa aportación. Es decir, no habrá un tope de entre 10 y 60 euros como en el caso de los medicamentos dispensados a pensionistas.
De este modo, las rentas declaradas a Hacienda que superen los 100.000 euros deberán aportar el 60% del importe, las rentas de entre 18.000 y 100.000 euros, el 50%, y los pensionistas, el 10%.
En el caso de las personas que requieran tratamientos derivados de accidente de trabajo o enfermedad profesional, será la mutua de accidentes, la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina quien corran con los gastos.
Los implantes quirúrgicos "cuya finalidad es sustituir total o parcialmente una estructura corporal, o bien modificar, corregir o facilitar su función", tales como las prótesis de cadera, seguirán estando sufragados al 100%.
Lo mismo sucederá con las sillas de ruedas manuales y las prendas de comprensión que utilizan los quemados, o los cojines para pacientes con lesión medular. También se aplicará ese 10% en la "renovación de componentes externos de los implantes quirúrgicos".
Las sillas de ruedas eléctricas, en los casos graves
En el caso de las sillas de ruedas con motor eléctrico, Sanidad sólo las sufragará al 90% en casos de "limitaciones funcionales graves del aparato locomotor por enfermedad, malformación o accidente". Es uno de los aspectos que contempla el Real Decreto, que reúne en un anexo la relación de productos "de aportación reducida".Este subgrupo está incluido en la "cartera común suplementaria" que acaba de unificar el Ministerio de Sanidad, y que también engloba las prótesis dispensadas "ambulatoriamente". La norma establece que estas últimas (muletas, sillas de ruedas...) "se rijan por las mismas normas que regulan la prestación farmacéutica", es decir, el copago, con la salvedad de que, en el caso de las prótesis, no se aplicará el límite máximo de cuantía de esa aportación. Es decir, no habrá un tope de entre 10 y 60 euros como en el caso de los medicamentos dispensados a pensionistas.
De este modo, las rentas declaradas a Hacienda que superen los 100.000 euros deberán aportar el 60% del importe, las rentas de entre 18.000 y 100.000 euros, el 50%, y los pensionistas, el 10%.
Exentos de pago
En todos los casos, estarán exentos de pago los afectados de síndrome tóxico, las personas con discapacidad que sean beneficiarias de prestaciones sociales y económicas, las receptoras de rentas de integración social, las perceptoras de pensiones no contributivas y los parados que hayan perdido el derecho a subsidio.En el caso de las personas que requieran tratamientos derivados de accidente de trabajo o enfermedad profesional, será la mutua de accidentes, la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina quien corran con los gastos.
Los implantes quirúrgicos "cuya finalidad es sustituir total o parcialmente una estructura corporal, o bien modificar, corregir o facilitar su función", tales como las prótesis de cadera, seguirán estando sufragados al 100%.
Comentarios
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pedroj111 04.nov.2012 | 17:34
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...o dicho de otro modo, los españoles pagamos el 100% de las prótesis
que recibimos (con impuestos directos + indirectos) y el 90% de las que
no recibimos (impuestos idirectos + cotizaciones al INSS). Los
extranjeros sólo pagan el 10% de su prótesis y el 0% de las restantes.
¿No será ahí donde hay que meter tijera?, ¿en éste bochornoso sinsentido
que nos está llevando a la ruina?.
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#15
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