El voto emigrante le da al PSOE un escaño clave
Cascos irá a la Justicia para recuperar el escaño perdido por 35 votos
Foro Asturias ha anunciado este miércoles que, en el momento procesal
oportuno, procederá a plantear un recurso contencioso contra la
decisión de la Junta Electoral Provincial de incorporar como válidos los
votos llegados directamente a ella a través del correo ordinario sin que hayan pasado previamente por consulados o embajadas.
Foro ya había impugnado ante la Junta Electoral de Asturias que habían llegado en tiempo 332 votos directos a través de Correos -otros 19 llegaron fuera de plazo- y no mediante valija diplomática por lo que pidió que no se tuvieran en cuenta y no se contabilizaran como válidos.
No obstante, dicho recurso fue desestimado por la Junta Electoral al esgrimir que, hasta la última reforma de la ley electoral que promovieron la pasada legislatura los socialistas, los votos de los emigrantes sí debían llegar a través de los consulados o embajadas, pero que ahora no era necesario.
En el recuento definitivo, a Foro le faltaron 35 votos para mantener el diputado. Al final, de los 573 votos recibidos en la circunscripción occidental de los emigrantes, el PSOE consiguió 290 y Foro 44 por lo que, en función de la ley D'Hondt, a los socialistas les han sobrado sólo 52 votos.
No obstante, los servicios jurídicos de Foro Asturias han emitido un comunicado en el que advierten de que las juntas electorales Central y Provincial "carecen de competencias para modificar o alterar el procedimiento electoral previsto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG).
Según Foro, el artículo 75.4 de dicha ley, que regula el voto por correo de los electores residentes en el extranjero, dice claramente que esos sufragios y la documentación correspondiente debe ser enviada "a la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática a la que el elector esté adscrito, por correo certificado no más tarde del quinto día anterior al día de la elección".
El artículo 19, que determina la competencia de las diferentes Juntas Electorales, Foro señala que no establece en ningún caso que tengan potestad para "modificar o alterar el procedimiento legalmente previsto, tal como sucede con los votos dirigidos directamente a una Junta Electoral Provincial por correo certificado".
El PSOE ha visto incrementada así su representación hasta los 17 diputados, mientras que Foro la ha reducido de trece a doce, y el PP mantiene diez escaños, el doble que Izquierda Unida, que tiene cinco, y uno de UPyD, que por primera vez ha entrado en la cámara regional.
FUENTE:
http://www.elmundo.es/elmundo/2012/03/28/espana/1332949249.html
Foro ya había impugnado ante la Junta Electoral de Asturias que habían llegado en tiempo 332 votos directos a través de Correos -otros 19 llegaron fuera de plazo- y no mediante valija diplomática por lo que pidió que no se tuvieran en cuenta y no se contabilizaran como válidos.
No obstante, dicho recurso fue desestimado por la Junta Electoral al esgrimir que, hasta la última reforma de la ley electoral que promovieron la pasada legislatura los socialistas, los votos de los emigrantes sí debían llegar a través de los consulados o embajadas, pero que ahora no era necesario.
En el recuento definitivo, a Foro le faltaron 35 votos para mantener el diputado. Al final, de los 573 votos recibidos en la circunscripción occidental de los emigrantes, el PSOE consiguió 290 y Foro 44 por lo que, en función de la ley D'Hondt, a los socialistas les han sobrado sólo 52 votos.
Válidos a través de Correos
Los magistrados que integran este órgano electoral recordaron también que la Junta Electoral Central ya había resuelto en comicios anteriores que los que llegasen a través de Correos y cumpliesen los requisitos también eran válidos.No obstante, los servicios jurídicos de Foro Asturias han emitido un comunicado en el que advierten de que las juntas electorales Central y Provincial "carecen de competencias para modificar o alterar el procedimiento electoral previsto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG).
Según Foro, el artículo 75.4 de dicha ley, que regula el voto por correo de los electores residentes en el extranjero, dice claramente que esos sufragios y la documentación correspondiente debe ser enviada "a la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática a la que el elector esté adscrito, por correo certificado no más tarde del quinto día anterior al día de la elección".
El artículo 19, que determina la competencia de las diferentes Juntas Electorales, Foro señala que no establece en ningún caso que tengan potestad para "modificar o alterar el procedimiento legalmente previsto, tal como sucede con los votos dirigidos directamente a una Junta Electoral Provincial por correo certificado".
Protesta de conveniencia
La formación de Francisco Álvarez-Cascos ha anunciado este recurso después de que con el voto de los emigrantes asturianos perdiese un diputado en favor del PSOE, que mantiene así abierta la posibilidad de formar gobierno en Asturias.El PSOE ha visto incrementada así su representación hasta los 17 diputados, mientras que Foro la ha reducido de trece a doce, y el PP mantiene diez escaños, el doble que Izquierda Unida, que tiene cinco, y uno de UPyD, que por primera vez ha entrado en la cámara regional.
FUENTE:
http://www.elmundo.es/elmundo/2012/03/28/espana/1332949249.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario